
Secciones
Servicios
Destacamos
Edición
El Tribunal Supremo ha resuelto este viernes que no es el órgano competente para examinar la demanda por vulneración del derecho al honor que presentó ... el juez jubilado Manuel García Castellón contra la líder de Podemos, Ione Belarra, al considerar que los descalificativos que dirigió en redes sociales contra el magistrado no los profirió «en el ejercicio de su cargo». La Sala de lo Civil, en una ponencia del magistrado Rafael Sarazá, señala que le corresponde estudiar este asunto a los juzgados de primera instancia y deja en manos del demandante impulsar o no el caso en los mismos.
La resolución explica que «el hecho de que la cuenta de la demandada en la red social X (antes Twitter) tenga una marca de verificación gris no puede ser determinante de que la actuación de la demandada lo fuera en el ejercicio de su cargo de diputada y, por tanto, sea aplicable el aforamiento». «No puede ser la empresa del señor Elon Musk la que, mediante el cobro del correspondiente precio, decida cuando una actuación de un dirigente político que tiene la cualidad de diputado ha sido realizada en el ejercicio de su cargo», sostiene la ponencia.
García Castellón demandó a Belarra por llamarle corrupto y prevaricador en redes sociales. En un principio solicitó a la líder de Podemos una indemnización de 120.000 euros pero posteriormente duplicó la cuantía al ampliar la demanda a raíz de que la política se ratificó en sus declaraciones después de que el magistrado retirado emprendiera acciones judiciales. Para el antiguo instructor de la Audiencia Nacional, el mismo que llevó sin éxito Pablo Iglesias al Supremo por el 'caso Dina', pieza separada del 'caso Villarejo', no cabía duda de que «las expresiones empleadas por la señora Belarra carecen de un interés general legítimo y resultan ultrajantes y ofensivas». Además, recordó que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ya fijó que la libertad de expresión, «aunque tiene un ámbito amplio de protección, no es ilimitada».
Belarra, por su parte, defendió públicamente que lo pertinente sería que se desestimase la demanda porque considera que los calificativos que empleó son propios del ejercicio inherente a su condición de diputada, dentro de su libertad parlamentaria para valorar la actuación de García Castellón. La Fiscalía se posicionó junto a García Castellón al entender que los calificativos vertidos por Belarra son «claramente ofensivos e innecesarios», si bien rebajó la indemnización de 240.000 a 20.000 euros.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
«De repente, no sientes nada y no puedes moverte»
El Diario Vasco
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
España vuelve a tener un Mundial de fútbol que será el torneo más global de la historia
Isaac Asenjo y Álex Sánchez
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.