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La Fiscalía Provincial de Madrid ha decretado el archivo de una denuncia interpuesta por dos mujeres contra el cofundador de Podemos Juan Carlos Monedero por ... la presunta comisión de un delito de agresión sexual. La misma decisión se ha tomado con respecto a las dirigentes de la formación morada Irene Montero e Ione Belarra y la que fuera secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez 'Pam', que también fueron denunciadas por un presunto encubrimiento y omisión del deber de socorro por no auxiliar a las supuestas víctimas.
La denuncia de S. C. y de A. R. se interpuso en marzo pasado ante la Fiscalía de Área de Vigo, en representación de la plataforma Xuntos por Galicia, contra Monedero y las otras tres políticas mencionadas por no actuar a pesar de estar supuestamente al tanto del citado caso de delito sexual. En cuanto a los hechos atribuidos a Monedero, el fiscal señala que «atendiendo al relato y a las diligencias practicadas, consta que las perjudicadas no han denunciado los hechos sin ponerse en contacto con la Fiscalía tras otorgarles dicha posibilidad».
Por ello, añade, ponderando el alcance de los hechos que se hacen mención y sin que conste el grado de intensidad de los mismos «no se puede afirmar que los actos sean lo suficientemente claros para mantener racionalmente la imputación de un delito de agresión sexual hacia las mismas, ya que se desconoce el momento, el lugar, cómo se produjeron y en qué consistieron», explica.
Así, insiste en que «no concurren en este momento elementos indiciarios sobre una petición tácita o expresa de actos de naturaleza sexual y los contactos físicos sufridos, ni las presuntas víctimas presentan marcadores de debilidad o vulnerabilidad que justifiquen la acción subrogada del Ministerio Fiscal».
A continuación, señala el decreto de archivo que la ausencia, a priori, de denuncia de las personas agraviadas y de elementos que puedan determinar los hechos de naturaleza sexual no excluye el derecho que tienen las dos afectadas «de presentar denuncia por estos hechos ante los órganos judiciales, de conformidad con el artículo 773 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».
Respecto a las otras tres personas denunciadas por un delito de encubrimiento, Montero, Belarra y Rodríguez, el fiscal indica que «no se puede alegar que incurran» en encubrimiento de unos hechos inciertos. Y añade que «la actuación alegada de no considerar real los comportamientos» aludidos a Monedero «no puede ser asimilada a ninguna de aquellas».
Sobre la omisión del deber de socorro, asegura el fiscal que «con los datos de los que se dispone tampoco se estima factible apreciar los elementos del delito de omisión de socorro como conducta dolosa imputable a las mismas». «Pues no se han descrito que situación de desamparo y peligro se encontraba la presunta víctima. Por mucho que el denunciante considere que no se auxilió a la víctima o no se dio la respuesta esperada, no supone la comisión de tal ilícito, pues de la denuncia se revela más bien el desacuerdo con la actuación o manera de proceder de las denunciadas», concluye.
Tras conocerse estos hechos en prensa, la Universidad Complutense de Madrid (UCM) tomó cartas en el asunto sobre Monedero, profesor de Ciencias Políticas actualmente de baja laboral, y remitió un informe a la Inspección de Servicios para decidir si le sancionan.
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